Todo el mundo sabe cómo funciona el pago de recibos de un seguro de cualquier tipo. Firmamos un contrato por un periodo de tiempo determinado (normalmente un año) y abonamos las cuotas recibidas.
Mientras este proceso se mantenga inalterable no pasa nada, nosotros cumplimos con nuestra obligación de pago de la prima de seguro para garantizarnos que la aseguradora nos cubra las coberturas contratadas.
¿Pero qué pasa si devuelvo un recibo de un seguro? Es una duda frecuente que se hacen muchos usuarios, sobre todo, porque erróneamente se piensa que esta es una forma de cancelar o dar de baja el servicio.
También es importante saber que cuando se firma un contrato de seguro, aunque se puedan fraccionar las primas, existe una obligación por parte del asegurado del pago total de la prima y, por tanto, en caso de impago de algún recibo, la aseguradora podrá reclamar el pago total de la prima.
¿Qué pasa si devuelvo un recibo del seguro?
En primer lugar, cuando una aseguradora recibe la devolución de un recibo correspondiente a una prima de seguro lo más habitual es contactar con el abonado para informarse de lo sucedido ya que ante un impago el asegurado no estará cubierto. En ocasiones estas devoluciones pueden deberse a un error humano o a que en el momento del cobro no se había previsto fondos para el pago.
Es una situación sencilla de resolver y que puede negociarse con la aseguradora. Sin embargo, el conflicto se genera cuando se devuelve un recibo del seguro porque no se tiene voluntad de pagarlo.
Efectos en la cobertura de tus seguros si devuelves un seguro
Si te preguntas “qué pasa si devuelvo un recibo de un seguro” lo primero que debes conocer es el concepto de “periodo de gracia”.
Consiste en un periodo de tiempo de un mes, en el que la aseguradora mantiene las coberturas a un abonado aun habiéndose producido la devolución del recibo.
Por otro lado, si se supera este periodo, se pierden las coberturas asociadas al seguro contratado o, de forma más exacta, la aseguradora tiene el derecho a no hacerse responsable de aquellos supuestos en los que por contrato sí están incluidos en el servicio. A este efecto se le conoce como “suspensión temporal de coberturas”.
Si el periodo de impago o devolución del recibo se extiende más tiempo, al transcurrir 6 meses desde el mismo, la póliza se entenderá extinguida. Aún así, siendo la causa de la extinción del contrato el impago, la compañía aseguradora podrá reclamar el pago de todo el periodo en curso hasta llegar el vencimiento incluso aunque por suspensión de coberturas no se haya disfrutado de las garantías amparadas en la póliza.
Algunos servicios tienen también derechos o beneficios acumulados que, tras la devolución del recibo, podrían quedar anulados sobre todo si la cancelación es definitiva.
También es posible que se incurra en costes adicionales como gastos de recobro o intereses, según considere la aseguradora actuar ante esta situación.
Plazos y condiciones legales para la devolución de recibos del seguro
La forma de cancelar o dar de baja un seguro no es devolviendo un recibo, sino desestimando la prórroga del servicio, algo que debe hacerse por lo general un mes antes del vencimiento.
¿Cómo dar de baja un seguro fuera de plazo?
No es posible cancelar un seguro fuera de plazo. Lo que puedes hacer es anticiparte a su renovación y, durante los 11 meses siguientes a la misma, hacer el trámite apropiado para que no vuelvan a cobrarlo:
- Contacta con la aseguradora y consulta los métodos de cancelación disponibles.
- Envía a la dirección indicada una carta de baja. Es recomendable hacerlo con carta certificada, como método más seguro para confirmar que es recibida correctamente.
- Asegúrate de que la carta incluye todos tus datos personales y de los bienes asegurados, si es aplicable, para que no haya problemas en la cancelación. Puedes preguntar a tu aseguradora qué información es imprescindible incluir.