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¿A qué edad es recomendable contratar un seguro de decesos?

Cuando se debate entre la conveniencia o no de tener un seguro de decesos, así como el momento más idóneo para su contratación, hay que tener en consideración las circunstancias de cada persona y las diferencias entre los distintos modelos de seguro que nos ofrece el mercado.

La evolución del modelo de seguro y el cambio de valores en la vida moderna ha supuesto una variación en el perfil de este seguro. En el siglo pasado, con el nacimiento del seguro de decesos y su implantación a nivel nacional, era generalizada la práctica de incluir en la póliza familiar a los niños desde el momento de su nacimiento. Así, las familias estaban aseguradas, a un precio asequible, sin altibajos en las primas, ya que permitía el planteamiento de prima del tipo nivelada durante toda la vida del seguro.

El concepto era de previsión de una circunstancia cierta, que irremediablemente iba a acaecer: el fallecimiento.

Una vez superamos este concepto, el seguro de decesos pasa a tener un doble carácter: en primer lugar, de previsión de un riesgo que puede o no acaecer en un periodo de tiempo determinado, y en segundo lugar, el carácter de capitalización de un capital cierto, puesto que, en caso de exceso de cobertura en referencia al servicio prestado, se genera un derecho de devolución del capital no prestado, a favor del tomador o de sus herederos si es él el que no ha sobrevivido.

Asumido que el seguro de decesos ha variado su sentido práctico, el momento idóneo para su contratación, al igual que sucede en el resto de seguros, es aquel en el que no estamos dispuestos a asumir el riesgo directamente, sino que preferimos asegurarlo.

De este modo, el seguro de decesos ya no se trata de una “hucha” donde vamos depositando una cantidad de dinero que sufrague el coste del entierro, sino que cubriría el coste en el periodo de tiempo que consideramos adecuado, y en el que sufragar la cuantía del funeral supone un problema para la familia, añadido al hecho luctuoso de la pérdida de un familiar.

Por ello en Divina Seguros apostamos desde el inicio de la comercialización del seguro de decesos por el desarrollo de una prima de carácter natural, que implica que se establece la misma conforme a la edad de riesgo del asegurado. De este modo, el tomador, una vez desaparece la necesidad de asegurar el riesgo e interés de mantener el seguro de decesos, no tiene pérdida alguna de las cuantías aportadas, ya que ha asegurado el riesgo conforme a la edad, igual que si se tratase de un seguro de vida.

En este sentido, el mercado ha detectado tres momentos donde la necesidad del seguro de decesos se hace más evidente, aplicando a cada uno de esos momentos un tipo de prima diferente.

En primer lugar, en el momento del nacimiento, o a muy temprana edad, ya que permite la contratación del seguro, mediante una prima nivelada, a un precio ajustado. El inconveniente es que esto supone asumir de por vida, con un sobrecoste añadido en la prima que se pierde en caso de dar de baja el seguro, la necesidad de mantener el seguro.

En segundo lugar, en el momento de asumir la creación de una familia, donde podemos contratar un seguro como la apuesta de Divina Seguros, con una prima natural que nos permite tener un seguro económico durante el periodo de nuestra vida donde más vulnerable es el entorno que nos rodea ante la desaparición de alguno de los miembros, fundamentalmente aquellos que efectúan la aportación económica al núcleo familiar, pero también por el hecho de no disponer de una economía lo suficientemente saneada para que sufragar el gasto de un entierro no suponga un problema añadido.

En tercer lugar, de cara a la jubilación, con el nacimiento de los seguros de prima única que aprovechan el hecho de percepción económica de algún extra en el momento de la jubilación para destinar parte al pago del seguro en un solo acto. Esto lo ha detectado el canal de banca seguros, en el momento de desembolso de productos como los planes de pensiones.

En definitiva, si estamos pensando en contratar un seguro de decesos debemos tener en consideración que cuanto más lo demoremos, mayor será el importe de la prima a abonar, ya que la certeza de ocurrencia del siniestro implica que, en definitiva, hay que cubrir técnicamente el importe del siniestro para que la aportación anual que efectuamos mediante el abono de la prima sea suficiente.