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estoy obligado a tener un seguro de hogar

¿Estoy obligado a tener un seguro de Hogar?

Esta es la pregunta que todo propietario o inquilino se hace en el momento de la compra o alquiler de una vivienda.

En la normativa española no se establece ninguna obligatoriedad de contratación, exceptuando el caso en el que se suscriba una hipoteca sobre la vivienda con una entidad bancaria. Si tu vivienda cuenta con una hipoteca, obligatoriamente sí debe disponer de una póliza de seguro, tal y como se establece en el artículo 10 del Real Decreto 716/2009: “Los bienes sobre los que se constituya la garantía hipotecaria deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos. Los riesgos cubiertos deberán ser, al menos, los incluidos en los ramos de seguro 8 (Incendio y elementos naturales) y 9 (Otros daños a los bienes) del artículo 6.1 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, con excepción del robo…” (BOE, s.f.)

Ahora bien, debemos tener en cuenta que el hogar es el espacio donde compartes la mayor parte del tiempo con los tuyos.Es un espacio muy importante cargado de valor emocional. Además, suele suponer una gran inversión económica por lo que disponer de un seguro aporta tranquilidad en caso de sufrir un siniestro como robo,  incendio, daño eléctrico, etc. En definitiva, son muchos los riesgos a los que está expuesta una vivienda y su contenido, así como los daños que pueda ocasionar la misma. Es por ello por lo que el 75% de las viviendas en nuestro país ya cuentan con un seguro de hogar, buscando proteger su bien más preciado.

Pero, si eres el arrendatario, ¿necesitas contratar un seguro de hogar? Es probable que tu casero no esté obligado a contratar una póliza de hogar por ley y que la vivienda esté desprotegida. Por tanto, si eres inquilino, lo idóneo es que  preguntes por el tipo de póliza en vigor que protege la vivienda y  contrates una póliza que proteja tus bienes. Es indispensable que esta póliza disponga de la cobertura de responsabilidad civil para salvaguardar el patrimonio ante una posible reclamación por daños causados a terceros.

Asegurar una vivienda con un seguro multirriesgo de hogar es sinónimo de tranquilidad. Divina Seguros ofrece dos modalidades de seguro para que el cliente proteja su vivienda en función de sus necesidades. Hogar Divina Seguros está pensado para viviendas en casco urbano o apartamentos y, entre sus coberturas, se incluyen daños por explosión, incendio y caída de rayo, daños eléctricos, daños por agua, daños estéticos, fenómenos atmosféricos, responsabilidad civil familiar, robo y atraco, defensa jurídica y rotura de cristales.

Por su parte, Hogar Plus Divina Seguros es para todo tipo de viviendas en las que se quiera contar con la máxima protección. Además de todas las coberturas del seguro de Hogar, tiene también asistencia domiciliaria, protección ante hurtos, rotura de cristales de electrodomésticos e incluso protección para el mobiliario de jardín, entre otras garantías adicionales.

Tanto la modalidad Hogar Divina Seguros como la modalidad Hogar Plus Divina Seguros incluyen el servicio manitas, un profesional experto en pequeños arreglos en el hogar. También cuenta con el servicio de asistencia técnica, que permite la reparación de electrodomésticos, móviles y tablets.